Una práctica sin consenso global ni límites claros
Subrogación en el mundo: leyes que habilitan, países que prohíben

La gestación subrogada divide al mundo entre legalización comercial, falacias altruistas y prohibición total.
La gestación subrogada, también conocida como maternidad por encargo, es un tema que divide aguas en el plano jurídico internacional. Mientras algunos países la prohíben por completo, otros la permiten bajo marcos más o menos regulados, y una tercera zona ambigua la tolera bajo supuestos de "altruismo". El panorama global revela profundas tensiones entre el deseo de formar una familia y la protección de los derechos humanos.
En países como España, Francia, Alemania, Italia y Suecia, la subrogación está prohibida en todas sus formas. La legislación considera que la maternidad no puede ser objeto de contrato, y que la filiación debe derivar del parto. En estos países, cualquier acuerdo para gestar a cambio de dinero (o incluso sin él) se considera nulo, y puede ser penado como un delito contra el orden público o incluso como trata de personas.
En el extremo opuesto, Estados Unidos presenta un mosaico complejo. Mientras que algunos estados como California, Nevada o Illinois permiten la subrogación comercial con contratos detallados y aval judicial, otros como Michigan o Nueva York la prohíben o la restringen severamente. Esta diversidad convierte al país en uno de los principales destinos globales para el “turismo reproductivo”, con costos que superan los 150.000 dólares por proceso.
Otros países que permiten la subrogación con fines comerciales son Rusia, Ucrania, Georgia, Tailandia, Nigeria y algunos sectores de India, aunque este último ha restringido en los últimos años el acceso solo a parejas heterosexuales casadas y nacionales. Estos mercados han crecido por su bajo costo y escasa supervisión, lo que los convierte en focos de preocupación por explotación reproductiva.
En un tercer grupo se ubican países como Reino Unido, Canadá, Portugal, Brasil o Australia, que solo permiten la subrogación "altruista", es decir, sin pago directo por el embarazo, aunque se autorizan compensaciones por gastos médicos o de manutención. En teoría, esto busca reducir los riesgos de explotación. En la práctica, sin embargo, muchos expertos denuncian que esta forma "altruista" es una falacia: los contratos encubren pagos, la presión social o familiar opera como coacción, y la entrega del recién nacido se negocia como un bien más.
Organizaciones como la Declaración de Casablanca sostienen que toda subrogación, sea comercial o altruista, implica una violación a la dignidad humana, al convertir la gestación en un servicio prestado y al niño en un objeto de transacción. Denuncian además que muchas mujeres firmantes de estos contratos lo hacen en contextos de pobreza, migración forzada o desigualdad estructural, lo que invalida cualquier supuesto de “consentimiento libre”.
Por otro lado, la falta de legislación clara en muchos países (como ocurre actualmente en Argentina o Colombia) favorece la creación de mercados grises, donde operan clínicas privadas, estudios jurídicos y agencias internacionales que se amparan en vacíos legales para facilitar procesos de subrogación a extranjeros, muchas veces sin protección legal real para las gestantes ni para los bebés.
El debate legal sobre la subrogación no es solo jurídico o médico: es ético. ¿Puede una sociedad democrática permitir la firma de contratos donde se estipula la entrega de un ser humano? ¿Es justo equiparar el deseo de tener un hijo con un derecho absoluto, aunque implique vulnerar otros?
El mapa legal actual muestra que el mundo todavía está lejos de un consenso. Pero cada vez más voces —sobre todo las de quienes nacieron por esta vía— reclaman que se escuche no solo a los adultos deseantes, sino también a las mujeres gestantes y a los hijos que un día preguntarán de dónde vienen… y por qué fueron separados.