Vacío legal, explotación y mercado de bebés
Subrogación en Argentina: trata disfrazada de deseo

Abogada especialista en DD.HH. y fundadora de Life Analytics.

Clínicas, abogados y notarios aprovechan un sistema gris que vulnera los derechos de mujeres pobres y recién nacidos.
La Maternidad subrogada es un fenómeno que existe hace más de 40 años y al que dio origen la fecundación in vitro, que comenzó a practicarse en la década de los 70 aproximadamente. A diferencia de la adopción, esta práctica le da la posibilidad a las personas de tener hijos biológicos, ya que en el proceso pueden utilizarse los gametos de uno o de los dos padres de intención.
Desde entonces, esta práctica viene en creciente aumento, y junto con ella la empatía generalizada con aquellas personas que, víctimas supuestamente de alguna circunstancia que les impide tener hijos biológicos, acuden a este tipo de prácticas. Sin embargo, la enorme industria que lucra con el deseo de estas personas, es quien se encarga de invisibilizar a las verdaderas víctimas: las madres subrogantes y sus hijos.
Argentina, junto con Colombia, son los principales destinos turísticos por subrogación en Latinoamérica. Son numerosos los factores por los que personas y parejas eligen este país para encargar a sus hijos.
En primer lugar, si bien Argentina no cuenta con una ley expresa que prohíba la maternidad subrogada las clínicas de fertilidad que ofrecen este “tratamiento”, como Biotex, hacen creer a los futuros padres que en virtud del artículo 19 de nuestra Constitución Nacional, que establece el derecho a la intimidad, ni el Estado ni el poder punitivo deben interferir. Este ofrecimiento es un enorme engaño ya que la patria potestad es un asunto de orden público que trasciende la intimidad de las personas y en lo que el Estado sí tiene injerencia. Además, Argentina cuenta con una ley anti trata de personas (Ley 26.364) que enmarca la gestación por subrogación en el delito de trata. Es decir, ofrecer a una mujer para que geste un bebé para luego entregarlo, a través del pago de un precio, es una compra-venta de personas, es trata de personas y reducción a la servidumbre. Esto no lo aborda Biotex ni ninguna otra clínica de fertilidad.
En nuestro país, las clínicas cobran a los futuros padres entre 50.000 y 60.000 dólares, esto es relativamente económico en comparación con Estados Unidos, Canadá o Europa que cobran entre USD 80.000 a 150.000.
¿Cómo operan?
En Argentina son numerosas las clínicas que operan. Y ¿cómo lo hacen? Life Analytics ha denunciado ante el ministerio de Salud y la Dirección de Derechos Humanos de la Ciudad de Buenos Aires anuncios en la vía pública que alientan a las mujeres a “alquilar” su vientre a cambio del pago de USD 10.000. Parece una oferta tentadora. Pero la realidad, es que muchas veces quedan desamparadas. Les hacen firmar a las mujeres un contrato en el que les hacen creer que ellas están obligadas a entregar al bebé a cambio del pago. La realidad es que según el Código Civil y Comercial de la Nación, la maternidad se establece con el nacimiento. Es decir, se realizan contratos nulos de nulidad absoluta, debido a que el objeto del contrato es una persona y nadie le dice a esa mujer, que la madre del bebé es ella y que tiene derechos parentales irrenunciables sobre ese niño y de los que sólo queda desligada a través de un proceso judicial de adopción. Es cierto que el Código también prevé la llamada “voluntad procreacional”, establece que los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre. Mediante esta disposición, uno de los dos padres queda registrado como padre del bebé.
En este proceso no sólo intervienen las clínicas de fertilidad. También intervienen estudios jurídicos y notariales que se encargan de los contratos, de las partidas de nacimiento de los menores y de todos los trámites para la salida del país.
¿Hay casos judicializados?
En Argentina hay tres casos que se encuentran en investigación por presunta red de trata. El primero es el Caso Bonn del año 2023. Alemania denunció al Consulado Argentino en Bonn la aparición de una mujer alemana de 58 años que llevó al hospital local a una bebé de 3 meses en pésimas condiciones de salud nacida en Argentina con documentación del registro Civil de CABA y pasaporte argentino. La mujer alemana no estaba en condiciones de brindarle salud ni seguridad y quedó en evidencia una mecánica empresarial y operatoria nacional e internacional. La Policía local le quitó la tenencia de la bebé, la entregaron a una familia sustituta; se localizó en qué clínica se produjo la fertilización y quién fue la gestante. Se investigaron a partir de allí 147 legajos entre 2018 y abril de 2024 en los que habían casos similares al de la mujer alemana.
Luego en Córdoba, se investigó trata de personas. Actualmente hay 9 imputados y procesados. Se han detectado 14 mujeres víctimas en situación de vulnerabilidad, contratadas para gestar y luego dejadas desamparadas. Todas ellas han dado testimonio de que en los casos en los que perdían el bebé eran dejadas a su suerte y no se les abonaba ningún tratamiento ni les brindaban ningún tipo de acompañamiento psicológico o emocional.
Por último, una pareja homosexual de italianos, que fueron detenidos por Migraciones en pre-embarque simulando que la madre subrogante era pareja de uno de ellos y le daba un permiso para que salga del país con la recién nacida.
En Octubre del año pasado, finalmente la Corte Suprema de la Nación se pronunció sobre el caso A., C. L. s/ impugnación de filiación en la que una pareja homosexual, con el consentimiento de la madre gestante querían sacar de la partida de nacimiento el nombre de la madre en virtud de que quien había otorgado su voluntad procreacional no era quien había aportado el gameto para el proceso de fertilización. A este pedido la Corte rechazó este pedido diciendo, entre otras cosas, que la ley de filiación del código civil es por demás clara en establecer la filiación y que no corresponde a los jueces realizar una interpretación de una norma expresa.
¿Tan grave es? Configura trata de personas
La práctica de la maternidad subrogada trae consigo un atropello de derechos y genera las condiciones idóneas para la realización de un negocio internacional que no le interesa el bienestar de ninguno de los intervinientes sino que juegan a ser el hada madrina de personas cegadas por un deseo que creen un derecho. El dinero que hay en juego para las clínicas de fertilidad, para notarios y abogados es motivación suficiente para hacer el montaje. Es por ello que se genera la reducción a servidumbre de las personas y se las capta para explotarlas.
Se vulnera el derecho a la identidad
Se desconoce por completo el derecho de identidad de los niños nacidos por técnicas de reproducción humana asistida (TRHA) produciéndose una discriminación en relación a los niños nacidos de manera natural. Mientras que éstos conocen a sus progenitores desde el día uno, los nacidos por TRHA no pueden saber quien es su padre biológico con una orden judicial que se los permita. Esto genera una profunda crisis de identidad y puede acarrearles problemas psicológicos, como fue el caso de Olivia Maurel.
Recientes estudios han demostrado también consecuencias biológicas como el caso de un donante con una mutación genética que causó múltiples casos de cáncer infantil. De los 67 niños engendrados con su material genético, 10 de ellos desarrollaron la enfermedad.
Se manipula la vida humana
No se puede dejar de remarcar tampoco la manipulación de la vida humana en donde se acepta el daño colateral que configura la pérdida de embriones humanos, dentro y fuera del útero de la madre, para la supervivencia de otros; sin contar con los problemas con los embriones crioconservados cuyos progenitores, teniendo ya su deseo satisfecho, no tienen intención de implantarlos. En países como la Argentina donde el embrión tiene estatus jurídico de ser humano, se estudia la posibilidad de aplicarles el régimen de adopción.
Esta situación plantea muchos desafíos tanto en la Argentina como en el contexto global. Lo primero es mostrar el panorama completo. Salir del relato romántico del hada madrina que ayuda a complir los deseos de las personas. Los hijos no son derechos y el deseo de formar una familia no puede justificar la vulneración de los derechos de las gestantes ni de los niños. La abolición de esta práctica, como propone la Declaración de Casablanca, es un objetivo que busca proteger la dignidad humana frente a la explotación. Los desafíos incluyen fortalecer la regulación, garantizar la aplicación de las leyes contra la trata y visibilizar las consecuencias de una industria que prioriza el lucro sobre el bienestar humano.