Debate institucional
Hay que discutir la agremiacion de las fuerzas de seguridad

Ex Ministro de Defensa
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La ausencia de canales institucionales de representación no fortalece la disciplina ni la conducción política.
Es importante fijar posición respecto del derecho de asociación del personal de las fuerzas de seguridad, en el marco del debate público que se ha reabierto en estos días.
La experiencia comparada demuestra que numerosas democracias consolidadas han reconocido formas de asociación profesional policial, estableciendo límites claros: prohibición del derecho de huelga, restricciones en el uso del uniforme, armas o instalaciones, y pleno respeto a la cadena de mando y a la neutralidad política.
La ausencia de canales institucionales de representación no fortalece la disciplina ni la conducción política; por el contrario, la debilita. Lo vemos en Santa Fe hoy y lo vimos en Córdoba, La Rioja y otras provincias en el pasado. La historia reciente evidencia que la falta de interlocutores legítimos genera conflictos desordenados, deteriora la cadena de mando y dificulta la gestión democrática de las fuerzas.
Entendemos que los hombres y mujeres que integran las fuerzas policiales son trabajadores del Estado que, como tales, deben gozar de los derechos fundamentales reconocidos por nuestra Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional.
La libertad sindical y el derecho de asociación constituyen pilares esenciales del sistema democrático. Los instrumentos internacionales ratificados por la República Argentina —incluidos los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos— no niegan la posibilidad de sindicalización de las fuerzas policiales, sino que habilitan a los Estados a establecer restricciones razonables en función de la seguridad pública y el orden democrático.
Reconocer el derecho de asociación no implica trasladar el modelo sindical clásico al ámbito policial. Implica diseñar un esquema específico, con límites claros y reglas precisas, que permita canalizar reclamos vinculados a condiciones laborales, salario, salud, vivienda y régimen previsional, sin afectar el normal funcionamiento del servicio ni la misión esencial de la fuerza.
Una policía profesional, moderna y democrática requiere no sólo exigencias y controles, sino también reconocimiento institucional y respeto a los derechos laborales de su personal.
Ampliar derechos fortalece las instituciones. Negarlos no elimina los conflictos; simplemente los posterga y los agrava.
Son muchos los países del mundo que avanzaron con distintas maneras y particularidades en este sentido; ahí podemos ver buenas y malas experiencias para nutrir nuestro camino.
Por ello, reafirmamos la necesidad de avanzar en un marco normativo que contemple el derecho de asociación del personal policial con las restricciones propias de su función, garantizando equilibrio entre derechos laborales, disciplina institucional y seguridad pública.
Porque quienes tienen la responsabilidad de proteger los derechos de la ciudadanía también deben ver reconocidos los propios.
