Fueron sin pluma: aborígenes pidieron a la Corte frenar una obra y se olvidaron de firmar

Politóloga. Periodista.
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Comunidad Tica se olvidaron de firmar y perdieron el recurso. Horacio Rosatti encabeza el Tribunal.
La Corte Suprema encara un año de producción récord a pesar de estar funcionando con tres miembros encabezados por Horacio Rosatti. La máxima autoridad judicial de Argentina se encontró ayer con un caso sin precedentes: la comunidad aborigen Tica exigió revisión para frenar una obra en Córdoba y se olvidaron de firmar el documento. No hubo entonces ni análisis por parte del cuerpo por ser expediente sin firma. Los Ticas, indios sin pluma.
Hay desprolijidades, hay errores de primer año de abogacía y, después, está el bochorno puro y duro. La comunidad aborigen Ticas, acompañada por un puñado de agrupaciones, pretendía que la Corte Suprema de Justicia de la Nación le pusiera un freno de mano a dos obras viales clave para la provincia de Córdoba: la Ruta Provincial 5 y la Ruta 38. Querían parar el desarrollo, querían llevar la discusión a la cima del Poder Judicial, pero se mandaron un blooper inolvidable: enviaron el expediente sin poner la firma.
Sí, lograron sobrevivir a los tiempos de la conquista, pero no firmaron el papel, viajaron con el reclamo hasta la calle Talcahuano, armaron ruido mediático, pero la abogada patrocinante presentó el escrito a la Corte sin la firma de los propios integrantes de la comunidad y sin un poder legal que acreditara que actuaba en su nombre. Ni hablar de justificar alguna urgencia real. Un papelón a cancha abierta.
La ley no se negocia: la lección procesal de Rosatti
En tiempos donde la tribuna y el relato pretenden correr a la Justicia, la respuesta del Máximo Tribunal fue una verdadera lección de rigor técnico. La Corte no está para resolver caprichos ideológicos ni para enmendar las macanas de abogados descuidados. Está para hacer cumplir la Constitución y el Código Procesal.
El fallo firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti no dejó margen para la especulación:
"El escrito de interposición del recurso ha sido firmado únicamente por la letrada patrocinante, quien no ha invocado poder para representar a las recurrentes ni razones de urgencia que hagan aplicable lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En tales condiciones, la presentación en examen constituye un acto jurídico inexistente e insusceptible de convalidación posterior. Por ello, se lo desestima."
Cortito y al pie. En el idioma de la calle: si no firmás el papel, la demanda directamente no existe.
Menos pancarta y más lapicera
El reclamo venía de rebotar en la justicia federal cordobesa porque ni siquiera pudieron probar que las autovías provocaran un daño ambiental interjurisdiccional. Sin embargo, en vez de revisar la consistencia técnica de lo que pedían, prefirieron ir a golpear la puerta de la Corte. Les duró lo que un estornudo: la propia torpeza de la defensa volteó la causa antes de que los jueces pudieran mirar el fondo.
La gestión de Horacio Rosatti al frente de la Corte Suprema ratifica una premisa central para el país: la seguridad jurídica y las reglas de juego son infranqueables. Se terminó la época en la que cualquier presentación mal armada pasaba por el costado si venía envuelta en un discurso simpático. Acá hay ley, hay procedimiento y hay respeto institucional. Y si no sabés usar la lapicera, la Corte te manda a marzo.
