Falló contra Ramos Padilla
Diego Santilli encabezará la boleta de LLA en Buenos Aires
/https://newstadcdn.eleco.com.ar/media/2025/10/javier_milei_con_santilli_y_reichardt_en_san_nicolas.jpeg)
El tribunal de alzada revocó la resolución del juez Padilla, que había dispuesto que Reichardt reemplazara a Espert.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) decidió este viernes que Diego Santilli encabece la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) en la provincia de Buenos Aires, tras revocar el fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla, que había declarado inconstitucional un artículo del decreto reglamentario de la ley de paridad de género y dispuesto que Karen Reichardt ocupara el primer lugar en lugar del renunciante José Luis Espert.
La decisión, fechada el 11 de octubre de 2025, se enmarca en el expediente “Alianza La Libertad Avanza – distrito Buenos Aires s/oficialización de candidaturas. Elección general – 26 de octubre de 2025” (CNE 9705/2025/1/CA2).
El fallo fue firmado por los jueces Santiago Corcuera (presidente) y Daniel Bejas (vicepresidente), mientras que Alberto Dalla Via no intervino por encontrarse de licencia.
El origen del conflicto
La controversia surgió tras la renuncia de José Luis Espert, primer candidato titular de la lista, involucrado en un escándalo judicial por presunto financiamiento irregular y vínculos con un empresario condenado por narcotráfico.
En reemplazo, la junta electoral provincial había propuesto a Karen Reichardt, pero los apoderados de La Libertad Avanza apelaron la medida, solicitando aplicar el artículo 7° del Decreto 171/2019, que exige cubrir las vacantes con candidatos del mismo género.
El juez Ramos Padilla había sostenido que el reemplazo del primer candidato no afectaba la alternancia de género y que, por tanto, la reglamentación debía considerarse inconstitucional para ese caso puntual.
Fundamentos del fallo
La Cámara Nacional Electoral rechazó esa interpretación. En un extenso pronunciamiento, el tribunal reafirmó que la Ley 27.412 de Paridad de Género es de orden público, por lo cual no puede ser alterada por criterios judiciales discrecionales.
El fallo explica que tanto la ley como su decreto reglamentario son coherentes y complementarios, y que el mecanismo de reemplazo por una persona del mismo género tiene plena validez constitucional.
“Rechazar su aplicación privaría de sentido a la norma y desconocería la voluntad legislativa”, sostiene la resolución.
La Cámara además enfatizó que la interpretación del juez de primera instancia fue “subjetiva” y contraria a la jurisprudencia consolidada del propio tribunal, al tiempo que recordó que no existen distinciones en la ley entre las causas de vacancia —renuncia, fallecimiento o incapacidad— que habiliten un tratamiento diferente.
El debate sobre la paridad y el rol judicial
El fallo de la CNE también dedica varios párrafos a advertir sobre los límites del control judicial en materia electoral.
Califica la declaración de inconstitucionalidad como “la más delicada de las funciones” del Poder Judicial y afirma que debe usarse solo como última ratio.
“En un Estado constitucional de derecho, los tribunales no disponen de la libertad de apartarse de las leyes dictadas por los representantes del pueblo”, subraya el texto, alertando sobre el peligro de caer en “el gobierno de los jueces”.
La Cámara recordó además que su jurisprudencia histórica ha estado comprometida con la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones, tanto en la representación política como dentro de los partidos.
Reimpresión de boletas y efectos prácticos
El fallo deja pendiente un tema operativo: el reclamo del Gobierno para reimprimir las boletas con el nuevo orden de candidatos.
Fuentes judiciales anticiparon que ese pedido difícilmente prospere por razones de tiempo, ya que restan apenas dos semanas para las elecciones del 26 de octubre.
En paralelo, la CNE pidió a la Junta Electoral Nacional remitir el expediente completo sobre la Boleta Única de Papel (BUP), señalando que no se había dado intervención adecuada a los partidos en la apelación del Gobierno.
Un antecedente clave
Con este fallo, la Cámara Nacional Electoral ratifica su doctrina sobre paridad de género y respeto a la ley electoral, revoca la resolución de Ramos Padilla y ordena adecuar la lista de LLA conforme al Decreto 171/2019 y el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional.
La decisión garantiza que Diego Santilli encabece la lista de diputados nacionales por La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires y que la agrupación pueda competir en las elecciones generales sin impedimentos.